SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Santa Cruz

Bajo tales circunstancias; y, a pesar de conocer la entidad hoy accionante, que la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Santa Cruz, debía excusarse antes de la admisión -según establece la norma-; toda vez que, -según su criterio- existía una causal que se enmarcaba dentro de la previsión del art. 207.II inc. b) del CTB (respecto a los documentos de 2012 que firmó la referida autoridad); sin embargo, lejos de cuestionar en la primera oportunidad la transgresión del derecho al debido proceso en su componente de juez natural, el SIN a través de su Gerente Distrital         Santa Cruz I, aceptó la presunta omisión indebida de la autoridad administrativa; y, se sometió a su jurisdicción, prosiguiendo el trámite sin refutar su imparcialidad (que ahora cuestiona); así, presentó ante la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Santa Cruz, sin cuestionar su imparcialidad y la omisión de excusa: La respuesta al recurso de alzada interpuesto por INPACO Bolivia S.A.; las pruebas ofrecidas y reiteró su solicitud de confirmar la Resolución impugnada por la contraparte; y, sus alegatos en conclusión (Conclusiones II.3, 4 y 5); permitiendo que el trámite prosiga presidido por dicha autoridad hasta el momento en que la aludida Directora emitió la Resolución                          ARIT-SCZ/RA 0389/2018, que resultó adversa a sus expectativas; momento en el cual recién la entidad impetrante de tutela cuestionó la omisión de excusa.