Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
II.2.
II.2. Por Auto dictado en audiencia de aplicación de medidas cautelares de 16 de mayo de 2019, el Tribunal de Sentencia Cuarto del departamento de Cochabamba, dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva del hoy accionante, consistentes en: a) Obligación de presentarse cada siete días ante el Ministerio Público; b) Fianza económica de Bs20 000; c) Prohibición de salir del Departamento de Cochabamba y del País; y d) Prohibición de tomar contacto con otros imputados, víctima, testigos y peritos. Dicha Resolución que fue apelada por la acusación particular en dicha audiencia (fs. 49 a 52).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- : 1) El pedido fundamentado del fiscal o de la víctima aunque no se hubiere constituido en querellante
- tiene el derecho de conocer inequívocamente los motivos que llevaron al tribunal de apelación a mantener, revocar o modificar una medida cautelar, lo que no implica de ninguna manera, que la valoración de los elementos concurrentes, represente un apartamiento de los aspectos impugnados
- la cual deberá estar inserta de manera individualizada y precisa en su propia resolución, explicando sobre la persistencia o desaparición de los motivos que fundaron la detención preventiva, así como, respondiendo a todos los puntos apelados; pues ‘…los vocales deben precisar los elementos de convicción que le permitan concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva, debiendo justificar la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos en el art. 233 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR