Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0927/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
II.4.
II.4. Por memorial suscrito por Alejandro Juan Ayala Ledezma -ahora accionante- en su condición de delegado acreditado del Frente U-DIGNA, pidió al Comité Electoral de la UAB “José Ballivián” Elecciones FUL, Centros Facultativos y de Carrera la reconsideración de la Resolución 013/2019 y solicitó que se haga llegar la resolución de habilitación de los candidatos a los frentes de centros facultativos y de carrera, “…no sin antes informarles que nos reservamos el derecho de IMPUGNAR ante el Tribunal de Honor de la UAB, así como también por la vía Judicial” (sic [fs. 91 a 92]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1) las autoridades judiciales
- III.2. Normativa que rige en el Comité Electoral Universitario
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17