SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
cesado la lesión a este principio de celeridad
Asimismo, del análisis de los antecedentes que informan del caso, se tiene que el impetrante de tutela, presentó la acción de libertad, solicitando que -en protección de los derechos y principio acusados como lesionados- se disponga la inmediata remisión del recurso de apelación descrito precedentemente y los actuados procesales pertinentes ante el Tribunal de Alzada; empero, según consta en el informe de las autoridades demandadas y tal como el propio impetrante de tutela afirmó -a través de su abogado- en la audiencia de consideración de esta acción de defensa; se tiene que el “17 de mayo” (sic) de 2019; antes de su notificación y de la realización de la precitada audiencia, las autoridades demandadas remitieron los actuados procesales ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí. Consecuentemente, la actuación procesal extrañada fue cumplida, aseveración que además encuentra sustento en la coincidencia fáctica sostenida por el accionante que en audiencia, al afirmar que “…habiendo estado cesado la lesión a este principio de celeridad pero sin embargo era inalienable que se pueda llevar adelante esta Audiencia… y que simplemente su autoridad …pueda otorgarnos la tutela… en la resolución constitucional pertinente nos conceda la tutela en relación más aún de haberse cesado las lesiones a los derechos y garantías… para poder determinar alguna futura responsabilidad Intuito- Personae… de las autoridades jurisdiccionales” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- las actuaciones pertinentes serán enviadas ante el Tribunal Departamental de Justicia,
- si bien es corto se justifica por la necesidad de que la situación procesal del imputado sea definida a la brevedad posible en caso de estar privado de libertad
- i)
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- innovativa
- la acción de libertad -innovativa- permite al agraviado o víctima de la vulneración acudir a la instancia constitucional pidiendo su intervención con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional
- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad
- el propósito fundamental de la acción de libertad no es únicamente el de reparar o disponer el cese del hecho conculcador, sino también de advertir a la comunidad en su conjunto
- únicamente
- Fragmento 18
- general
- la existencia de un motivo justificante
- cesado la lesión a este principio de celeridad
- aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- sin disponer
- CONFIRMAR
- la Jueza ahora demandada se encontró obligada a suspender la audiencia de consideración de
- en lo referente a la baja del 2 de septiembre de 2013, fecha en la cual la accionante tenía señalada una de sus audiencias a horas 15:00, la misma fue recibida en igual fecha por la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pero el correspondiente memorándum de suplencia legal dirigido al Juez Tercero de Sentencia Penal se hizo efectivo recién el3 de igual mes y año a horas 17:20
- principio de celeridad
- "Ama qhilla"