Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
II.1.
II.1. A través del memorial presentado el 3 de octubre de 2013, Franz Porfirio Palomeque Mamani interpuso acusación particular contra Carmen Rosa Peredo Vda. De Caballero -ahora accionante- por el delito de despojo; denunciando que ésta, el 13 de mayo y 21 de agosto de 2013 depositó en su terreno escombros, hierros y piedra, sobre los cimientos que trabajaba; y, el 22 de agosto del mismo año mediante albañiles construía medias aguas y muros cerrando con puertas su propiedad (fs. 23 a 24 vta.).
- acción de
- I.1.1
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.5.
- II.6.
- III.
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- empiezan a correr desde la media noche del día en que se cometió el delito, tratándose de delitos instantáneos
- De la jurisprudencia y normativa precedentemente citada, se concluye que, para el análisis de la extinción de la acción penal por prescripción, deberá computarse el tiempo transcurrido establecido en el art. 29 del CPP, considerando en el cómputo, si corresponde, si el término fue interrumpido o suspendido.
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)