SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
II.2.
II.2. Se tiene la Resolución Administrativa EMAGUA/RPC-029/2019 de 3 de mayo, mediante la cual el Responsable del Proceso de Contratación de la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua, resuelve aprobar el Informe GT-UASCP-0200-INF/2019 de 12 de abril y el Informe GT-UASCP-0228-INF/2019 de 2 de mayo, emitidos por la Comisión de Calificación, que en anexos forman parte de la esa Resolución, y en consideración a los mismos determina Descalificar la propuesta de la empresa Constructora y Consultora Siku S.R.L. y dispone la ejecución de la garantía de seriedad de propuesta presentada por dicha empresa; y, adjudicar la Construcción Riego Tecnificado Ashka Yaku-Fiero Mayu (Segunda Convocatoria), Cuce: 19-0253-00-890086-2-2 a la Asociación Accidental COSICA LTDA-DITECO SRL-M.R. (fs. 199 a 205).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- Fragmento 18
- Resolución Administrativa EMAGUA/DGE-037/2019
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)