SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

II.8.

II.8. La Directora de Gestión de RR.HH. del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro por informe DIR.G.RR.HH.OF 0382/19 de 15 de abril de 2019, sobre el caso de rotación del servidor público Ricardo Pozo Jiménez, refirió que de acuerdo a lo establecido en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal, Capítulo IV, Sub Sistema de Movilidad de Personal, en su art. 30 entre otros señala: “... (Proceso de Rotación), La rotación es el cambio temporal de un servidor público de una unidad de trabajo a otra, en una misma entidad para desempeña un puesto similar. No implica incremento de remuneración ni cambio de residencia. La entidad programara la rotación interna de su personal en la medida de sus necesidades y con el propósito de facilitar su capacitación indirecta y evitar la obsolescencia laboral” (sic); indicando además que la rotación del personal en la institución no está sujeta a un cronograma, sino a una programación en función a las necesidades, habiéndose efectuado con anterioridad la rotación de las funcionarias Jesusa Nava y Mary Juana Pérez quienes desempeñaban funciones en la Sección Almacenes es que se presenta la necesidad de reforzar a esa unidad organizacional con personal, teniendo el hoy accionante el ítem de Kardista, es que se da lugar a su rotación (fs. 18 a 19).