SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción

La peticionante de tutela a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de defensa y ampliándolo, refirió que pese a que la empresa accionada fue citada con la Conminatoria que tiene la característica de ser obligatoria, manifestó que no se la iba a reincorporar a su fuente laboral; asimismo a tiempo de que el Inspector del Trabajo fuera a verificar su situación, se entrevistó personalmente con el Gerente quien le manifestó que está viendo una acción legal para impugnar la Conminatoria y que entre tanto no se va a proceder a su incorporación.

Posteriormente, a la consulta realizada por la Sala Constitucional respecto al pago de beneficios sociales por parte de la empresa demandada, la accionante respondió negativamente aludiendo que todo trabajador tiene derecho de ir a consultar cuánto le correspondería de beneficios sociales si es que se retira, por lo que una pre-liquidación no puede sesgar el trámite de la reincorporación, pues el único documento que pone fin a la relación laboral es el finiquito firmado y visado por el Ministerio de Trabajo.