SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que la autoridad demandada lesionó sus derechos al debido proceso, tutela judicial efectiva y a la justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones, toda vez que, el 30 de abril de 2019, fue notificado en su domicilio procesal con la conminatoria y memorial de 24 y decreto de 25 todos del citado mes y año; y, el mismo día de su notificación presentó recurso de reposición contra la última providencia nombrada; a lo que la Jueza ahora demandada mediante Auto Interlocutorio de 2 de mayo de ese año, declaró inadmisible su recurso, arguyendo que fue presentado fuera de plazo, tomando en cuenta la fecha del decreto objetado –25  de abril  de 2019–; empero, contradictoriamente en el mismo Auto Interlocutorio reconoce que fue notificado el 30 de ese mes y año con las providencias supra descritas.