AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2019-RCA

Fecha: 11-Nov-2019

Fragmento 6

Sobre el principio de inmediatez la SCP 0234/2019-S4 de 16 de mayo, estableció que: “Por disposición del art. 129.II de la CPE, la acción de amparo constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial; norma jurídica que guarda cierta similitud con la comprendida en el art. 55.I del CPCo, que establece igual plazo para la interposición de la indicada acción de garantía, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho.