Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
II.10.
II.10. Mediante Oficio Cite: Conc. Mpal. V.S. 50/2019 de 7 de mayo, la Presidenta del precitado Concejo hizo conocer al solicitante de tutela, que por decisión de dicha instancia, se encuentra ratificado como Asesor Legal, de no presentarse a trabajar se tomarían las acciones correspondientes por abandono del cargo (fs. 70). Asimismo, por nota con Cite: Conc. Mpal. V.S. 045/2019 de 2 del referido mes, el Concejo de la entidad edil comunica al Alcalde Municipal que no tiene tuición sobre el Asesor Legal para impedir que el mismo cumpla sus funciones (fs. 71).
- PRIMERO.-
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la seguridad jurídica. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- El Recurso Jerárquico se interpondrá ante la misma autoridad administrativa competente para resolver el recurso de revocatoria
- La vía administrativa quedará agotada en los casos siguientes
- CONFIRMAR