SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos a la defensa y a la seguridad jurídica; al trabajo, a una justa remuneración y a la estabilidad laboral, toda vez que fue agradecido de sus servicios como Asesor Legal del Concejo Municipal de Villa Serrano del departamento de Chuquisaca por la autoridad demandada, sin tener competencia alguna para determinar su situación laboral, ya que de acuerdo a lo previsto en el art. 121 del Reglamento General de dicho Concejo, los asesores son profesionales técnicos de libre nombramiento, de asesoramiento directo a las y los concejales, y cuya designación es atribución del Pleno del Concejo; en ese contexto considera que la cesación de sus funciones, corresponde a dicha instancia y no así a la autoridad demandada. Planteó los recursos de revocatoria y jerárquico, este último debió ser enviado al Concejo a los fines de su resolución, aspecto que no ocurrió, pese a solicitar su remisión a través de oficios reiterados, por lo que el Alcalde demandado resolvió ambos recursos sin respetar el debido proceso y la seguridad jurídica.