SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2019-S3

Fecha: 15-Nov-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ante su desvinculación laboral injustificada por parte del demandado, se apersonó a la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, institución que previo trámite administrativo emitió la Conminatoria J.D.T.L.P.//D.S. 0495/ 011/2019 de 23 de enero, intimando al empleador a su inmediata reincorporación al mismo cargo que ocupaba más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales; decisión con la que fue notificado el aludido el 31 de igual mes y año, corriendo a partir de esa fecha el término de diez días para interponer recurso de revocatoria.

La Inspectora de Trabajo de dicha entidad, realizó la verificación de la Conminatoria de reincorporación dispuesta, evidenciando que el CAULP no dio cumplimiento a esta; asimismo, el demandado no presentó recurso alguno a esa disposición, habiendo fenecido el plazo para su interposición el 15 de febrero del citado año; aspecto que su persona recién tuvo conocimiento el 29 de abril de igual año, conforme acreditó de la certificación emitida por la señalada Jefatura de Trabajo; por lo que, ante esa omisión indebida por parte del empleador a la referida Conminatoria y agotamiento de la vía administrativa en el término establecido por ley, activo esta acción tutelar ante la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales.