Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2019-S4
Fecha: 15-Nov-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 30/2019 de 13 de julio, cursante de fs. 46 a 47 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Ramiro Uriarte Ortiz en representación sin mandato de Erwin Amilcar Chalco Herrera contra Jenni Paula Tuco Mullizaca, Secretaria y “Auxiliares”, todos del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- pues el acoger mediante una acción de libertad otros elementos del debido proceso que no estén vinculados directamente con el derecho a la libertad, resultaría desconocer la voluntad del legislador y desnaturalizar el alcance jurídico-constitucional de la acción de amparo constitucional y de esta propia acción
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR