SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2019-S4
Fecha: 15-Nov-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido en contra de Erwin Amilcar Chalco Herrera –hoy accionante– y otros, por el Ministerio Público a instancia de la Fundación Diaconía Fondo Rotativo de Inversión y Fomento-Institución Financiera de Desarrollo “DIACONIA FRIF-IFD”, por la presunta comisión del delito de “apropiación indebida de fondos financieros” y uso de instrumento falsificado, el 4 de junio de 2019, la Fiscal de Materia asignada al caso, presentó ante el Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del departamento de La Paz, acusación formal en su contra y otros; por lo que, en mérito al mismo, mediante proveído de 5 de igual mes y año, el Juez de Instrucción Penal Quinto en suplencia legal de su similar Cuarto, ambos del referido departamento, dispuso que por Secretaría se remita la causa a oficinas de demandas nuevas para su correspondiente sorteo al Tribunal de Sentencia de Turno (fs. 8 a 17).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- pues el acoger mediante una acción de libertad otros elementos del debido proceso que no estén vinculados directamente con el derecho a la libertad, resultaría desconocer la voluntad del legislador y desnaturalizar el alcance jurídico-constitucional de la acción de amparo constitucional y de esta propia acción
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR