SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2019-S4

Fecha: 15-Nov-2019

la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares será apelable en el efecto no suspensivo.

           Con base en dicho razonamiento, ante la solicitud del impetrante de tutela para que se emita el respectivo mandamiento de libertad a su favor al haber cumplido con las medidas sustitutivas dispuestas en el Auto 231/19, correspondía que la citada autoridad, sin más trámite, proceda a verificar el respectivo cumplimiento de éstas, y ante ello, librar el respectivo mandamiento de libertad; no siendo válido supeditar tal actuación, a la existencia de una apelación incidental contra el Auto que dispuso la cesación a la detención del impetrante de tutela, pues como se estableció supra, la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares será apelable en el efecto no suspensivo.

           En consecuencia, la autoridad jurisdiccional demanda, al no ejercer la competencia que le otorga la Ley para verificar el estricto cumplimiento de la Resolución que dispuso las medidas sustitutivas en favor del impetrante de tutela, lesionó su derecho a la libertad, dilatando indebida e innecesariamente la consideración de la situación jurídica del accionante.