SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2019-S4

Fecha: 21-Nov-2019

no debe sobrepasar las ocho horas

           3. En cuanto al plazo para el arresto, la jurisprudencia, en la generalidad de los casos, ha establecido que éste no debe sobrepasar las ocho horas, por considerarlo un plazo razonable en atención a los fines que persigue la sanción conservar el orden público, evitar su alteración y la agravación de la perturbación” (las negrillas son nuestras).