SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1037/2019-S2
Fecha: 27-Nov-2019
2.3)
2.3) La Sala demandada determinó que las pruebas correspondientes al supuesto abandono de funciones, perdieron eficacia ante la confesión espontánea del demandante, que aclaró que el “demandado no fue despedido, sino que se le rebajó su salario” (sic) y que no se acogió al retiro indirecto, desvirtuando el alegado abandono de trabajo.
Fundamento que este Tribunal considera que no se aparta de los márgenes de razonabilidad y equidad, pues se entiende que fue considerado al momento de emitir tanto la Sentencia como el fallo de apelación, sin que el accionante indique la relevancia constitucional que permite que esta jurisdicción revise la actividad de la jurisdicción ordinaria, pues no apuntó de qué manera un cambio de razonamiento o una adecuación al debido proceso, presuntamente conculcado, cambiaría la determinación final, razón por la que, este órgano colegiado establece que no hubo una transgresión al referido derecho en el fundamento denunciado; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- 2.1)
- 2.2)
- 2.3)
- 2.4)
- CONFIRMAR