SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1037/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1037/2019-S2

Fecha: 27-Nov-2019

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Rolando Camacho Gallardo a través de su abogado, en audiencia, indicó que la acción de amparo constitucional no cumplió con los presupuestos establecidos para su admisión; empero fue admitida, de forma que se adhirió inextenso al informe presentado por la parte demandada, refirió que la acción se desplegó con motivos de dilación; en mérito a que, el proceso laboral duró más de cinco años y su cliente padece de una enfermedad crónica agravada; asimismo, se debía considerar que la empresa “CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PREMEBOL S.R.L.”, asumió defensa de forma unida con la entidad “SUDAMERICANA DE CONSTRUCCIÓN S.R.L.” efectuando actos consentidos; en razón a que, operó la preclusión para reclamar aspectos que no fueron demandados en el momento oportuno; de igual forma, refirió que no se obedecía a la verdad material cuando el accionante indicó que se retiró la demanda; sino que se reformuló la misma, situación reconocida por el impetrante de tutela en un memorial, incumpliendo los requisitos exigidos para que la jurisdicción constitucional revise la legalidad ordinaria, fallando también en establecer un nexo de causalidad entre los actos y los derechos vulnerados, así como no existe una prueba de que el trabajador ganaba Bs8 000.- (ocho mil bolivianos).