SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1044/2019-S2
Fecha: 27-Nov-2019
Fragmento 14
El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron la garantía de reserva legal y sus derechos a la propiedad privada y debido proceso sustantivo; toda vez que, mediante las resoluciones impugnadas, ordenaron la restitución del bien inmueble que le fue adjudicado, incurriendo en error de interpretación del art. 1.485 del CC, al considerar que la inoponibilidad de la nulidad de la ejecución no le es aplicable por ser acreedor coactivante; por lo que, pide se conceda tutela y se deje sin efecto el Auto 517/18 de 11 de julio de 2018 y el Auto de Vista 431 de 26 de noviembre del mismo año, emitidos por el Juez y los Vocales demandados, respectivamente; y, se ordene la aplicación del art. 1.458 con relación al art. 1.482 del CC, con todos sus efectos procesales y materiales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 14
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- III.2. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Interpretación del art. 1485 del Código Civil
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO