Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2019-S1
Fecha: 26-Nov-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante considera lesionados sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso y al “principio de seguridad jurídica”; toda vez que, la autoridad demandada en audiencia de juicio oral de 19 de julio de 2019, que fue suspendida de manera irregular y sin haberla instalado, dio respuesta a las solicitudes planteadas por la parte acusadora y la defensa respecto a la emisión de mandamiento de aprehensión en su contra, a lo cual accedió sin considerar sus reiterados memoriales de justificación, además de disponer su aprehensión en calidad de acusada, siendo que es solo testigo, incurriendo con ello en procesamiento indebido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Obligación del testigo de comparecer ante el juez o tribunal a declarar, cuando sea citado
- lo que significa que ante la ausencia del testigo, incluso a la primera audiencia, el juez o tribunal, expedirá mandamiento de aprehensión, sin perjuicio de su enjuiciamiento, conforme los arts. 129.2 y 198 del CPP, en razón a que esa incomparecencia constituye una desobediencia o resistencia a órdenes judiciales”.
- III.2. Alcance y requisitos de la persecución ilegal
- la persecución indebida es la acción de una autoridad que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la ley
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR