SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1111/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1111/2019-S1

Fecha: 27-Nov-2019

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 3 de abril de 2017, Hovsep Antonio Asseff Gonzales en representación de Ernesto Suárez Suárez y otros -ahora terceros interesados-, interpuso demanda contenciosa administrativa contra el INRA, impugnando la RA RA-SS 1609/2016 solicitando que la misma sea dejada sin efecto, anulándose y reponiéndose obrados desde el vicio más antiguo, es decir hasta la etapa de relevamiento de información, señalando en el otrosí, que a objeto no vulnerar derechos de terceros, se ponga en conocimiento de la demanda interpuesta a los beneficiarios de los predios “San Fernando” y “Tarope”, representados el primero por José Fernando Romero Pinto, Gerente General de la empresa ADAGRO S.R.L.; y el segundo, por Guillermo Steward Harrison, apoderado y representante de la empresa AGROPECUARIA BOLFARM S.A., los cuales deban ser notificados por orden instruida comisionando a su ejecución al Juez Agroambiental de Concepción, y sea realizada en los nombrados predios ubicados en la localidad de Saturnino Saucedo, municipio Cuatro Cañadas, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz (fs. 134 a 141 vta. del expediente 24928-2018-50-AAC; y, fs. 32 a 39 vta. del expediente 24955-2018-50-AAC); la misma que una vez cumplidas las observaciones realizadas respecto a la presentación de la Declaratoria de Herederos, fue admitida por parte de los entonces Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental a través del Auto de 18 de mayo de 2017, ordenándose asimismo se expida orden instruida a objeto de la notificación a los terceros interesados, José Fernando Romero Pinto y Guillermo Steward Harrison, a fin de que intervengan en el proceso, encomendando su ejecución al Juez Agroambiental de Pailón (fs. 150 y vta. del expediente 24928-2018-50-AAC; y, fs. 54 y vta. del expediente 24955-2018-50-AAC); la cual fue practicada mediante cédula el 20 de junio de 2017 (fs. 156 del expediente 24928-2018-50-AAC; y, fs. 64 del expediente 24955-2018-50-AAC).