AUTO CONSTITUCIONAL 0362/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0362/2019-RCA

Fecha: 02-Dic-2019

coincidencia que existe entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos del accionante y aquélla contra quien se dirige la acción

Asimismo, la jurisprudencia constitucional en la SC 0691/2001-R de 9 de julio, estableció que la calidad de legitimado pasivo se adquiere por la coincidencia que existe entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos del accionante y aquélla contra quien se dirige la acción; entendimiento jurisprudencial que fue precisado en la SC 1978/2011-R de 7 de diciembre, al referir que: “La legitimación pasiva corresponderá en las entidades públicas o privadas (y sus representantes) que hayan obtenido y tengan registrados tales datos e informaciones, sobre cuyo contenido, los accionantes tengan el interés de conocer, aclarar, rectificar, modificar o eliminar, y que no haya obtenido la respuesta favorable por la citada entidad para lograr tales extremos.