Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0376/2019-RCA
Fecha: 09-Dic-2019
Fragmento 4
Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Se deje sin efecto la Resolución 08/2019 de 22 de marzo, emitida por el Director Departamental de Educación de Potosí, así como la Resolución 01/2019 de 12 de febrero, librada por el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de Puna del precitado departamento; b) Se dicte una nueva resolución, anulando obrados hasta el Auto inicial del proceso administrativo disciplinario; y, c) Se ordene el pago de costas, daños, perjuicios y multa a las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal sobre la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- esta acción se activa cuando no existen otros medios o vías idóneas para otorgar la tutela solicitada. Este recurso es una acción de naturaleza subsidiaria, así lo ha establecido el art. 129.I de la CPE que dispone «…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados»,
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- 5.