Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2019-S4
Fecha: 16-Dic-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de su derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación de la resolución y “seguridad jurídica”; por cuanto, dentro de la denuncia ampliada contra Ermito Abrego, el Fiscal de Materia asignado al caso rechazó la misma aduciendo no haberse demostrado su participación en los hechos denunciados; determinación que, no obstante haber sido objetada, fue confirmada por el Fiscal Departamental de Santa Cruz, quién sin efectuar una correcta valoración de las actuaciones investigativas, ratificó el rechazo de denuncia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. Auto restricciones de la jurisdicción constitucional. Desarrollo jurisprudencial
- no puede ingresar a valorar la prueba presentada dentro del proceso, correspondiendo dicha labor a las autoridades jurisdiccionales que han conocido el proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- b)
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMAR