SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2019-S2

Fecha: 03-Dic-2019

la resolución de hechos controvertidos o el reconocimiento de derechos, delimita la competencia de la jurisdicción constitucional

           Jurisprudencia que resulta aplicable en problemáticas en las que se denuncie la comisión de vías de hecho, por cuanto conforme a lo expuesto en la parte in fine del Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución constitucional, la SCP 0091/2018-S2, estableció como uno de los presupuestos procesales de activación de la acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho, que la demostración de los actos vinculados a medidas o vías de hecho, no debe estar circunscrita a aspectos que impliquen la existencia de hechos o derechos controvertidos a ser sustanciados por la jurisdicción ordinaria correspondiente.