SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2019-S2

Fecha: 05-Dic-2019

a)

El proceder de la autoridad demandada vulnera su derecho al debido proceso y a la libertad; toda vez que: a) La providencia citada es confusa, contradictoria y que le genera inseguridad jurídica e indefensión; toda vez que, prácticamente rechaza los incidentes y declara improbada las excepciones, dado que en la parte in fine señala, que concluida la audiencia de fundamentación y resolución de los incidentes y excepciones, pasará a resolver su situación jurídica; entendiendo que existe una amenaza a su libertad, debido a que, ya en la imputación formal el Ministerio Público solicitó detención preventiva; y, b) No dio cumplimiento a los plazos establecidos en el art. 314.II del Código de Procedimiento Penal (CPP); toda vez que, la causa fue radicada el 28 de junio de 2019, hasta la fecha transcurrieron treinta y cinco días sin que se resuelva las excepciones e incidentes planteados.

En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; para tal efecto, se analizarán los siguientes temas: a) La acción de libertad innovativa; b) La acción de libertad traslativa o de pronto despacho; c) La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad vinculada al recurso de reposición; d) Las excepciones no interrumpe la investigación ni suspende la competencia del juez para el control jurisdiccional de la investigación; y, e) Análisis del caso concreto.