SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2019-S2
Fecha: 11-Dic-2019
Fragmento 18
Planteada la problemática jurídica, se advierte que, el accionante en su memorial de la presente acción tutelar, alega que hace más de quince años, ha venido utilizando el seudónimo de “ALONSO ORZÚA DE LA SERNA” (sic), en los libros y otros escritos publicados, como acredita de la documentación notariada y testificada; puesto que se hizo pública su imagen con el seudónimo señalado, en instituciones públicas, privadas y en las redes sociales, lo que hace que su imagen e identidad personal esté consagrada así; circunstancia que motivó, demande en la vía voluntaria el reconocimiento judicial de su seudónimo; es decir, la modificación solo de sus datos personales, sosteniendo la filiación respecto a su padres conforme a la partida de nacimiento, demanda que fue declarada “improponible” mediante el Auto Definitivo de 14 de agosto de 2018, emitido por la Jueza Pública Civil y Comercial Séptima de la Capital del departamento de Potosí, argumentando que es el SENAPI, que tiene la competencia idónea, al señalar erróneamente que el caso procede en la vía contradictoria puesto que: “…es factible acudir a la vía judicial, invocando la protección legal siempre y cuando se requiera la misma en oposición a tercero…” (sic), significando ello, que sería en proceso de conocimiento y no voluntario, lo que no corresponde. Es así que, contra esa arbitraria decisión judicial, interpuso recurso de apelación; instancia en la cual, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista 056/2019, que confirmó el Auto apelado, argumentando que “poco o nada se puede alegar que la identidad es esencial; de orden público, no social, indivisible, vitalicia e irrenunciable” (sic); sin pronunciarse sobre el fondo de la demanda, vulnerando de esta manera sus derechos de acceso a la justicia y a la identidad personal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho a la identidad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- CONFIRMAR