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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1143/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1143/2019-S2

    Fecha: 27-Dic-2019

    I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

    Por decreto de 5 de abril de 2019 (fs. 15), se dispuso la suspensión de plazo a objeto de recabar la documentación complementaria; reanudándose, mediante decreto de 20 de diciembre de 2019 (fs. 111); por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro del término legal.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • i)
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • MAGISTRADO
    • toda vez que ni siquiera el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, podrá pronunciarse
    • improcedencia de activar otro amparo cuando existe resolución en un primer amparo, del cual emerge el que se interpone
    • a) No se puede peticionar a través de otro amparo el cumplimiento de una resolución de amparo u otra acción de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional)
    • en aquellos casos en
    • la autoridad recurrida, no ha vulnerado los derechos que se invocan en el recurso, por cuanto ha
    • cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran

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