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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2019-S1

    Fecha: 02-Dic-2019

    II.1.

    II.1. Mediante decreto de 1 de marzo de 2019, el Conciliador Décimo Cuarto del Juzgado Público Civil y Comercial Veinte y Veintiuno del departamento de Cochabamba, señaló audiencia de conciliación para el 21 de ese mes y año, ante la solicitud efectuada por Leónidas Céspedes Pérez, en lo concerniente a la cancelación de alquileres por parte de Wilder Pinto       La Fuente –accionante– (fs. 7 a 8).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • “improcedencia”
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • Fragmento 9
    • i)
    • a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
    • la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
    • que la finalidad de la justicia constitucional en su ámbito tutelar, es el resguardo a derechos fundamentales, por cuanto, a través de esta instancia, no pueden analizarse hechos controvertidos cuya definición está encomendada al Órgano Judicial,
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • iv)
    • el departamento alquilado por el impetrante de tutela, había sido abandonado
    • CONFIRMAR

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