SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2019-S1

Fecha: 02-Dic-2019

excepción que fue rechazada por Auto de 3 de mayo del mismo año, bajo el argumento de que la etapa para su interposición precluyó conforme establece el art. 128 del CPT (Conclusión II.4).

Por decreto de 21 de marzo de 2018, se conminó el pago de los beneficios sociales demandados en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 213 del CPT, orden ratificada por decreto de 8 de mayo del mismo año, señalándose que la suma por dicho concepto ascendía a $us419 947,67.-; y, ante su incumplimiento la autoridad demandada dispuso librar mandamiento de apremio contra la ahora accionante, sin que el mismo pudiese ser ejecutado; en ese sentido, el 28 de enero de 2019, la impetrante de tutela planteó excepción de impersonería adjuntando los Testimonios “1529/2015” y “1530/2015” de revocatoria y otorgación de poder de representación designándose como nuevo mandatario a Carlos Alberto Peñaloza Aguilera, y certificados de inscripción en el Registro de Comercio (FUNDEMPRESA) de 24 de enero de 2019, (Conclusión II.1), excepción que fue rechazada por Auto de 3 de mayo del mismo año, bajo el argumento de que la etapa para su interposición precluyó conforme establece el art. 128 del CPT (Conclusión II.4).