SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1188/2019-S1
Fecha: 04-Dic-2019
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Resolución 110/2019 de 22 de julio, cursante de fs. 102 a 107, denegó la tutela bajo los siguientes fundamentos: a) No existe documentación adjunta a la acción de amparo constitucional que dé cuenta de la contestación del recurso de casación, siendo que correspondía a la parte accionante acreditar dicho extremo y no simplemente señalarlo; b) De la revisión del Auto Supremo 678 se evidenció que el mismo contiene las razones por las cuales se determinó la existencia de una relación laboral; por lo que, se encuentra suficientemente fundamentado y motivado; c) Las autoridades demandadas analizaron la relación jurídica existente, concluyendo que más allá de los contratos que podían haberse suscrito, lo cierto es que confluyen las características de una relación laboral de allí que disponen casar el Auto de Vista 384/2017; d) No corresponde efectuar interpretación de legalidad ordinaria puesto que no se requirió dicha situación por la parte impetrante de tutela; y, e) Respecto a la valoración de la prueba, ratificó que no está acusando la misma sino solamente una omisión de fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III.2. Sobre la protección constitucional y normativa de los derechos laborales
- y que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor del trabajador
- cualquier forma de contrato civil o comercial, que tienda a encubrir la relación laboral, no surtirá efectos de ninguna naturaleza, debiendo prevalecer el principio de la realidad sobre la relación aparente
- las nuevas normas laborales recogidas en la Constitución Política del Estado, han ampliado y mejorado los derechos laborales con el objeto de proteger a la trabajadora o el trabajador, en las relaciones de trabajo y así evitar fraudes laborales, el abuso patronal como el acoso laboral y los despidos injustificados.
- inc. a)
- CONFIRMAR