SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1188/2019-S1
Fecha: 04-Dic-2019
III.2. Sobre la protección constitucional y normativa de los derechos laborales
En relación a este tema la SCP 0148/2014 de 10 de enero, estableció que: “De acuerdo a la doctrina, la estructura del Derecho del Trabajo está conformada por normas de derecho constitucional, normas de Derecho individual del trabajo, normas de derecho colectivo de trabajo y normas referentes a modalidades especiales de trabajo. En este ámbito las normas sobre derechos laborales, así como sus principios esenciales fueron incorporados en la Constitución Política del Estado, en el Capítulo Quinto, Sección Tercera del texto constitucional con el nombre de derechos sociales y económicos y derecho al trabajo y al empleo; en tal sentido, constituyen normas fundamentales y orientadoras que regulan las relaciones laborales en el Estado Plurinacional de Bolivia; que a objeto de una mejor comprensión se detallaran aquellos preceptos relacionados con la problemática en análisis; así el art. 46 dispone que:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III.2. Sobre la protección constitucional y normativa de los derechos laborales
- y que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor del trabajador
- cualquier forma de contrato civil o comercial, que tienda a encubrir la relación laboral, no surtirá efectos de ninguna naturaleza, debiendo prevalecer el principio de la realidad sobre la relación aparente
- las nuevas normas laborales recogidas en la Constitución Política del Estado, han ampliado y mejorado los derechos laborales con el objeto de proteger a la trabajadora o el trabajador, en las relaciones de trabajo y así evitar fraudes laborales, el abuso patronal como el acoso laboral y los despidos injustificados.
- inc. a)
- CONFIRMAR