SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2019-S1

Fecha: 20-Dic-2019

De todo lo relatado previamente, está claro que la autoridad demandada no resolvió el incidente de permanencia del peticionante de tutela en el Centro Penitenciario de Mocovi de Beni el 30 de noviembre de 2018, hasta el momento de la interposición de la presente acción tutelar –presentada el 11 de marzo de 2019–, habiendo recién resuelto dicho incidente el      29 de marzo del referido año, a pesar de que la mencionada autoridad jurisdiccional contaba con documentos pertinentes para emitir una decisión al respecto, puesto que consta la solicitud del médico del Centro Penitenciario de Chonchocoro (Conclusión II.3) de 31 de agosto de 2018, que indicaba que el accionante tenía el diagnostico de hipertensión arterial e inadaptación a clima de altura, así como también existe un certificado médico extractado en la Conclusión II.7 de 1 de marzo de 2019, donde se constata la recomendación de no viajar a un clima de altura y que el accionante sufre de hipertensión arterial

De todo lo relatado previamente, está claro que la autoridad demandada no resolvió el incidente de permanencia del peticionante de tutela en el Centro Penitenciario de Mocovi de Beni el 30 de noviembre de 2018, hasta el momento de la interposición de la presente acción tutelar –presentada el 11 de marzo de 2019–, habiendo recién resuelto dicho incidente el      29 de marzo del referido año, a pesar de que la mencionada autoridad jurisdiccional contaba con documentos pertinentes para emitir una decisión al respecto, puesto que consta la solicitud del médico del Centro Penitenciario de Chonchocoro (Conclusión II.3) de 31 de agosto de 2018, que indicaba que el accionante tenía el diagnostico de hipertensión arterial e inadaptación a clima de altura, así como también existe un certificado médico extractado en la Conclusión II.7 de 1 de marzo de 2019, donde se constata la recomendación de no viajar a un clima de altura y que el accionante sufre de hipertensión arterial; no obstante a ello, la citada autoridad, siguió solicitando certificaciones y homologaciones de certificados médicos por el Médico Forense del IDIF, provocando incluso que el accionante sea trasladado a la ciudad de La Paz el 11 de marzo de 2019; y, percatado de su traslado a la ciudad de La Paz recién resolvió dicho incidente el 29 de marzo de 2019.