VOTO DISIDENTE A LA SCP 0065/2019
Fecha: 18-Dic-2019
competente
La SCP 0065/2019 de 18 de diciembre, objeto de la presente disidencia, resolvió declarar competente al Sindicato Agrario de la Comunidad de Morocollo, Cantón Achacachi de la Provincia Omasuyos del departamento de La Paz; dentro del conflicto de competencias jurisdiccionales, señalada precedentemente, al determinar la concurrencia de los tres ámbitos de vigencia, conforme lo siguiente: a) Ámbito de vigencia personal, tanto la víctima como sus presuntos agresores forman parte de la Comunidad de Morocollo, donde tienen sus domicilios, además que los hechos investigados fueron de conocimiento anterior de la jurisdicción indígena originaria campesina (JIOC); b) Ámbito de vigencia material, “Circunscrito el objeto del conflicto competencial, como es determinar cuál es la autoridad competente para conocer y resolver este caso en particular, se evidencia que la Jueza cuya competencia se cuestiona, sostiene que el 14 de junio de 2017 se remitió la acusación fiscal y el 9 de agosto de 2017 se presentó acusación particular por parte de Dorotea Chuquimia Vda. de Aruquipa en contra de Toribio Aruquipa Miranda y Ramiro Aruquipa Gutiérrez, por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar o doméstica, robo agravado y privación de libertad, previstos en los arts. 272 bis y 292 del CP, por hechos acaecidos el 24 de agosto de 2016.
Sobre este tema en particular, la Ley de Deslinde Jurisdiccional en su art. 10.II inc. a) determina que la JIOC, en materia penal no alcanza a los siguientes delitos: ‘(…) los delitos contra el Derecho Internacional, los delitos por crímenes de lesa humanidad, los delitos contra la seguridad interna y externa del Estado, los delitos de terrorismo, los delitos tributarios y aduaneros, los delitos por corrupción o cualquier otro delito cuya victima sea el Estado, trata y tráfico de personas, tráfico de armas, delitos de narcotráfico. Los delitos cometidos en contra de la integridad corporal de niños, niñas y adolescentes, los delitos de violación, asesinato u homicidio’.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- competente
- c) Ámbito de vigencia territorial
- II.1. Instrumentos jurídicos sobre la violencia de género
- 1)
- II.2. Especial referencia a la Recomendación General 33 de la CEDAW
- la obligación del Estado de asegurar que las mujeres puedan elegir,
- II.3. Las mujeres tienen el derecho fundamental a una vida libre de violencia como mandato constitucional y legal en Bolivia
- II.4. Los ámbitos de vigencia de la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisprudencia constitucional
- II.4.1. Ámbito de vigencia material
- pero también debe ser interpretada desde el punto de vista de la protección de los derechos a las mujeres a vivir libres de violencia, en cuyo mérito, un elemento a analizarse de manera obligatoria en este ámbito es el contenido en el mandato de la Recomendación General 33 de la CEDAW
- II.5. Fundamentos del voto disidente
- que obliga a quienes administran justicia a escuchar la voz de las mujeres víctimas de violencia de género, respecto a cuál es la jurisdicción donde prefieren sea llevado su caso
- Voto Disidente