SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019-S1

Fecha: 06-Mar-2019

b)

En cuanto concierne a la solicitud de nulidad de los Autos de 21 de julio y de 8 de septiembre de 2017; a fin de resolver adecuadamente los cuestionamientos que se hacen, es necesario reiterar y dejar establecido que ante la solicitud de mandamiento de desapoderamiento por parte del adjudicatario, el Juez ahora demandado a través de Auto de 21 de julio de 2017, ordenó a José Benito Torrico Terrazas e Isabel Camacho de Torrico, así como a terceros y presuntos ocupantes y/o poseedores, para que en el plazo de diez días desde su legal notificación, procedan a la entrega del inmueble de 550 m2 a favor del adjudicatario (Conclusión II.4); en vista de ello el accionante, solicitó dejar sin efecto el indicado Auto de 21 de julio de 2017, cuya notificación se efectuó en su propiedad, sobre el cual no existía ningún conflicto judicial, ya que la misma no correspondía al inmueble de 550 m2; por lo que el indicado Juez a través del Auto de 8 de septiembre de 2017, dispuso que se franquee mandamiento de desapoderamiento contra José Benito Torrico Terrazas e Isabel Camacho de Torrico, así como de terceros y presuntos ocupantes y/o poseedores del inmueble referido, en favor del adjudicatario Flothner Díaz de Oropeza Navia, comisionando su ejecución a la Oficial de Diligencias de su despacho, con intervención de Notario de Fe Pública a efecto de que labre  acta circunstanciada de lo acontecido, asimismo, se dispuso la notificación de la o el Director de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, a fin de que disponga de personal que coadyuve en la ejecución del mandamiento en caso de verificarse la existencia y presencia de menores de edad, así como de la oficina del adulto mayor y el Comando Departamental de la Policía a efectos de que prevea del personal suficiente para garantizar la integridad física de los funcionarios y personas autorizadas para la  ejecución del mandamiento de desapoderamiento.