SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2019-S1

Fecha: 06-Mar-2019

III.4.  Otras consideraciones

De acuerdo a la revisión de los datos de la presente acción tutelar, corresponde señalar que el 13 de diciembre de 2017, fue emita la Resolución que resolvió esta acción de libertad, por el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz; en ese entendido, su remisión a Tribunal Constitucional Plurinacional recién se efectuó el 3 de enero de 2018, conforme se tiene a partir de la guía de despacho 0007601, cursante a fs. 19 de obrados; es decir, es en forma posterior al plazo establecido en los arts. 126. IV. y 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el cual dispone que: “La resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución”; por consiguiente se advierte inobservancia a la norma procedimental en cuanto a la remisión oportuna de la acción de defensa aludida, éste Tribunal; consecuentemente, llama la atención al Juez de garantías, para que en futuras acciones tutelares que sean de su conocimiento, observe los plazos que rigen a este mecanismo de defensa.