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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2019-S3

    Fecha: 01-Mar-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
    • se trata de una verdadera acción de defensa inmediata, oportuna y eficaz para la reparación y restablecimiento de los derechos y garantías fundamentales
    • III.2. El principio de congruencia como elemento estructurante del debido proceso debe observarse a tiempo de dictarse resoluciones judiciales o administrativas
    • la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONCEDER EN PARTE
    • ii)
    • 72 (SETENTA Y DOS HORAS) HORAS
    • b)
    • 3)
    • CONFIRMAR

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