Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
II.2.
II.2. Consta Formulario de “ACCIÓN” -lo correcto es denuncia- de 3 de septiembre de 2018 en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi del referido departamento, realizado por Roberto Mamani Pillco -tío del impetrante de tutela, señalando que por recomendación de su abogado entregó a los menores a entidad indicada; ya que la noche de 2 del mes y año señalados, informó que se encontraban en la calle, solos y en total desprotección (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Participación de la tercera interviniente
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Naturaleza de la acción de libertad y supuestos de activación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR