SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2019-S2
Fecha: 25-Mar-2019
a)
Olga Feliciano Ampuero, Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Pando, por informe escrito cursante a fs. 19, señaló que: a) Respecto al señalamiento repentino de la audiencia de aplicación de medidas cautelares que se desarrolló contra el ahora accionante, cabe manifestar que su persona no tiene la atribución de señalar audiencias; y, b) La precitada audiencia se llevó a cabo el sábado 20 de octubre de 2018 de horas 18:00 a 20:10, acto procesal en el que la defensa del imputado formuló recurso de apelación, por consiguiente, a pesar que el art. 251 del CPP, prevé que dicho recurso debe ser remitido en el plazo de veinticuatro horas, sin embargo debe considerarse que el domingo 21 de octubre de 2018, era un día inhábil, que al encontrarse de turno el Juzgado tuvo que celebrar otras audiencias en el trascurso de la mañana y la tarde, motivo por el que, el recurso de apelación ¡incidental planteado fue remitido al Tribunal de alzada el lunes 22 del mencionado mes y año a horas 18:30.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y la funcionaria demandadas
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces
- Toda persona tiene derecho a ser oída,
- III.2.
- Fragmento 12
- Interpuesto el recurso de apelación contra las resoluciones que resuelven medidas cautelares, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas en el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del CPP
- Cuando el recurso de apelación sea formulado de manera oral, corresponde que la autoridad judicial decrete su remisión en audiencia, para que a partir de dicha providencia se compute el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del CPP
- III.
- sábado 20 de octubre de 2018 -concluyendo dicho acto procesal a horas 20:10-
- REVOCAR en parte