SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2019-S2

Fecha: 25-Mar-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de estelionato, por lo cual presentó imputación formal llevándose a cabo la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares el 20 de octubre de 2018, a horas 18:00, sin otorgarle la oportunidad de recabar los elementos probatorios necesarios para desvirtuar los riesgos procesales de autoría y obstaculización, ni haberse notificado al Consulado General de Brasil -al ser su persona de nacionalidad brasilera- actuado procesal en el que el Juez demandado dispuso la detención preventiva, situación por la que en la misma audiencia formuló apelación incidental en forma oral contra el Auto Interlocutorio de igual fecha.

Refiere que, el recurso de apelación incidental formulado, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar no fue remitido por las autoridades demandadas al Tribunal de alzada, inobservándose el plazo establecido en el    art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo cual lesiona su derecho al debido proceso, a la libertad vinculado el principio de celeridad, por cuanto al encontrarse privado de libertad requiere que los agravios sufridos en la audiencia de medidas cautelares sean resueltos por el Tribunal ad quem a la brevedad posible, a fin que se le otorgue medidas más favorables.