SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2019-S1

Fecha: 25-Mar-2019

a)

El accionante a través de su representante sin mandato, ratificó los términos de su acción y ampliándolo manifestó que: a) Esperó varios días antes de interponer la presente acción tutelar en la modalidad traslativa; infringiendo el precepto normativo contenido en el art. 251 del CPP, que prevé que la remisión de la apelación debe ser dentro de las veinticuatro horas siguientes de interpuesto el referido recurso; b) Las autoridades ahora demandadas, señalaron en su informe que recién hoy remitieron la apelación interpuesta, y esto a consecuencia de la interposición de la presente acción de libertad; sin embargo de ello, el derecho a la libertad fue quebrantado; y, c) El plazo de remisión de antecedentes fue vencido por más de “125 horas” desde la fecha de la apelación hasta la remisión de obrados, evidenciándose demora en dicha actuación.