SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-S2

Fecha: 26-Mar-2019

a)

José Eddy Mejía Montaño y Nelson Cesar Pereira Antezana, Vocales de la Sala Penal Primera y Tercera, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -que en su oportunidad conformaron la Sala Penal Primera-, no asistieron a la audiencia de consideración de esta acción tutelar, pero presentaron informe cursante de fs. 19 a 20 vta., en el que solicitaron que se deniegue la tutela, con los siguientes fundamentos: a) Se valoraron correctamente los antecedentes remitidos en grado de apelación, con fundamentos claros y precisos, suficientemente motivados y de acuerdo a la exigencia prevista en el art. 124 del CPP, en sujeción a las normas procesales penales en vigencia y en base a la actual línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional; b) El Auto de Vista de 11 de septiembre de 2018 no es arbitrario, tampoco ilegal; por lo que, el accionante no puede señalar que se lesionaron sus derechos a la vida, la libertad personal o la “seguridad jurídica”; c) La jurisdicción constitucional no puede suplir a la ordinaria en la interpretación de la legalidad ordinaria, que dio lugar a la procedencia parcial del recurso de apelación formulado por el impetrante de tutela; y, d) La Resolución impugnada no vulneró el debido proceso en cuanto a la debida fundamentación y motivación, ya que se aplicó la norma legal inherente a la materia, a partir de la interpretación objetiva de la misma, enmarcada en los principios de legalidad, proporcionalidad y jerarquía normativa, que si bien no es del agrado de quien ahora activa la jurisdicción constitucional, constituyó en una respuesta idónea, eficaz, oportuna y pronta a las pretensiones de quien activó el recurso de apelación; toda vez que, los elementos probatorios cursantes en el cuadernillo de apelación, merecieron por parte del Tribunal de alzada, un análisis suficiente y razonado.