Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2019-S3
Fecha: 12-Mar-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 15 de agosto de 2018, cursante de fs. 254 a 263 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Álvaro Javier Huari Maldonado contra Pío Gualberto Peredo Claros, Vocal de la Sala Civil Segunda y Silvia Clara Zurita Aguilar, Vocal de la Sala Mixta Civil y Familiar Niñez y Adolescencia, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la autoridad judicial
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a la obligación de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas en el marco del debido proceso
- III.2. La valoración de la prueba constituye una facultad privativa de los órganos jurisdiccionales ordinarios y administrativos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR