Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
III.3.2. Respecto a la fundamentación y motivación
En cuanto al derecho a una resolución debidamente fundamentada y motivada, cuya lesión se denuncia debido a que los Vocales codemandados, no habrían explicado las razones para declarar probada la compensación, sin que se haya acreditado la existencia de la obligación opuesta por el ejecutado, mucho menos su liquidez y exigibilidad; y, por no haber considerado la imprescriptibilidad de los intereses provenientes de los aportes a la seguridad social. Al respecto, del análisis del Auto de Vista SCCI-047/2018 -concretamente en lo concerniente a los puntos cuestionados mediante la presente acción tutelar-, se tiene que, en el mismo se expuso los siguientes argumentos:
- acción de amparo constitucional
- administradora de prestaciones especiales, suplementarias y previsionales de protección social, para mejorar las condiciones de vida de sus miembros y beneficiarios
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes;
- primero, relativo a la
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.3. A
- III.3.1. Respecto al principio de congruencia
- III.3.2. Respecto a la fundamentación y motivación
- 1)
- 2)
- CONFIRMAR