SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

II.

Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia, ya que el Fiscal Departamental de Cochabamba mediante Resolución Jerárquica OR-OD 586/2017 de 14 de agosto, ratificó la Resolución de Rechazo de Denuncia de 3 de julio de 2017, formulada por los fiscales de materia sin dar curso a la objeción realizada, considerando que no tienen legitimación activa cuando en realidad son las víctimas directas de los hechos denunciados, desconociendo en absoluto la estructura asociativa establecida en la Ley General de Cooperativas.

ii)    Garantía jurisdiccional: Asimismo, constituye una garantía, al ser un medio de protección de otros derechos fundamentales que se encuentran contenidos como elementos del debido proceso, por ejemplo, la motivación de las resoluciones, la defensa, la pertinencia, la congruencia, de recurrir, entre otras, y que se aplican a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, constituyendo las distintas garantías jurisdiccionales inherentes al debido proceso, normas rectoras a las cuales deben sujetarse las autoridades pero también las partes intervinientes en el proceso, en aplicación y resguardo del principio de igualdad’.