ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0181/2019-S2
Fecha: 24-Abr-2019
I.2.3. Intervención del representante del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
Remberto Jesús Crespo Arze, en representación del Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, informó lo siguiente: Se hicieron las respectivas conminatorias a Said Zeitun Antezana, quien alegó falta de personería y comunicó que su madre se encontraba delicada de salud; por lo que, se hicieron las gestiones para la conminatoria, dirigida a la Unidad Educativa Privada Emilia de Hecker, sin que se presenten; por tanto, no se vulneró el derecho a la defensa. Finalizó solicitando se conceda la tutela.
Miguel Apuri Suarez, por memorial cursante a fs. 85, expresó que fue contratado por la Unidad Educativa Privada Emilia de Hecker como profesor de Educación Física, desde el 5 de febrero de 2018; empero, por tener que completar una documentación necesaria, se comunicó al profesor Mikio Isha Oliver para que cumpla las funciones por tres o cuatro semanas como su reemplazo; y solicitó se deniegue la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Conminatoria 04/2018 de 13 de julio, de reincorporación inmediata a su fuente laboral en la Unidad Educativa
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. Sobre la excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional respecto a los derechos a la inamovilidad y estabilidad laboral de padres progenitores
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. La protección reforzada de la inamovilidad laboral de padres progenitores
- Fragmento 16
- III.3. Marco normativo y reglamentario para la protección del derecho a la estabilidad laboral
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- 2)
- 3)
- “
- no puede ser afectada en su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo
- Fragmento 25
- comunicación
- Fragmento 27