Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
II.2.
II.2. Cursa memorial presentado por la impetrante de tutela el 10 de septiembre de 2018, dirigido a la Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, solicitando se señale día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva (fs. 22 y vta.); autoridad judicial que mediante Decreto de 11 de igual mes y año dispuso que la accionante acuda ante la autoridad llamada por ley (fs. 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Sobre la solicitud de cesación a la detención preventiva y el señalamiento de audiencia
- '
- CONFIRMAR