SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

II.3.

II.3. En ejercicio de la cláusula Décimo Tercera del contrato de alquiler suscrito el 4 de abril de 2013, por memorial de 27 de enero de 2017, el Banco PRODEM S.A. formalizó una demanda arbitral ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba, la cual fue respondida y reconvenida por los accionantes el 20 de febrero de 2017, emitiéndose el Laudo Arbitral 003/2017 de 25 de agosto, por el que, el Tribunal arbitral declaró probada en parte la indicada demanda, disponiendo el fenecimiento de la responsabilidad de los demandantes para el pago de alquileres posteriores al 31 de octubre de 2015, fecha de conclusión del contrato de alquiler de inmueble; probada la mora de los demandados al no haber recibido el mismo a la conclusión del contrato de alquiler; y, probada en parte la reconvención de los ahora accionantes, declarando su derecho a recibir el predio en las condiciones que puedan permitir su uso futuro, correspondiendo al Banco, reponer totalmente los pisos de la planta baja, primer y segundo piso, mediante el pago de la suma de $us17 334,02 (diecisiete mil 02/100 dólares estadounidenses) por tal concepto (fs. 77 a 96).