SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

Fragmento 14

restricción, supresión o amenaza; toda vez que, según se entiende de los antecedentes del proceso, el accionante se encuentra privado de su libertad en cumplimiento de una condena dispuesta por autoridad competente resultado de un juicio oral público y contradictorio, de modo que cabe hacer notar que dicha demora en la remisión de su carpeta no es la razón por la cual se encuentre detenido en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz, y que la remisión de dichos documentos no derivaría por sí misma en su libertad, pues de ello no depende, sino que está sujeta al cumplimiento de requisitos, valoración de la prueba y determinaciones que se asuman en el tramite incidentalde la eventual libertad condicional, cuya resolución la define el Juez de Ejecución Penal; por lo que siendo ello una situación expectante que no tiene relación directa con el pronunciamiento de la solicitud reclamada por el peticionante, se concluye que las irregularidades del debido proceso en la tramitación del incidente de libertad condicional, como en este caso, no están directamente vinculadas con la libertad del procesado ni son la causa directa de su restricción, por lo que no concurre el primer presupuesto para la procedencia de la presente acción de defensa.